21 dic 2009

Prórroga de la vigencia de los temarios de oposición para 2010

El blog de FOL de José Manuel Roca.- 

EDITO*: Ahora la vigencia del temario de 1996 deriva de la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

------------------------------------------------------------

Se acaba de publicar en BOE de hoy 21 de diciembre la prórroga de los temarios vigentes. No cambian los temarios para el acceso al cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria para la próxima convocatoria de 2010. Permanece por tanto el actual temario de FOL. En los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y a los cuales se refiere el Reglamento aprobado en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, exceptuando el Cuerpo de Inspectores de Educación, que se realicen con anterioridad al 1 de enero de 2012, serán de aplicación los temarios vigentes que corresponden a cada cuerpo y especialidad.

Dicha prórroga opera por Orden EDU/3430/2009, de 11 de diciembre, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Según indica la orden antes citada, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, atribuye al Gobierno en su disposición adicional sexta, el desarrollo reglamentario de las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes en aquellos aspectos básicos que sean necesarios para garantizar el marco común básico de la función pública docente. De acuerdo con dicha atribución se dictó el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Los artículos 19, 43 y 60 establecen que los temarios definitivos para los diferentes cuerpos y especialidades se aprobarán reglamentariamente, previa consulta con las Comunidades Autónomas.

Continúa la Orden de Educación señalando que el régimen transitorio de ingreso que se regula en el título VI del citado Reglamento, ha de llevarse a cabo durante los años de implantación de la ley. Habiéndose considerado las circunstancias de este periodo transitorio, no parece conveniente variar en este tiempo alguno de los elementos que intervienen en el proceso. Por ello se considera adecuado prorrogar los temarios actuales para hacer coincidir el procedimiento definitivo establecido en el Reglamento, que se aplicará a partir del año 2012, con la entrada en vigor de los nuevos temarios.

Puede verse la norma desde este enlace