10 nov 2010

Andalucía. Personal opositor que superó el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de febrero de 2008 que ha sido declarado aptos en la fase de prácticas.

FOL 2012. El blog de FOL de José Manuel Roca.-  Orden de 5 de octubre de 2010, por la que se declara apto en la fase de prácticas al personal opositor que superó el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de febrero de 2008 y otros procedimientos selectivos y que aplazó su realización.

Por Orden de la Consejería de Educación de 21 de julio de 2009, se declara en situación de aplazamiento para la realización de la fase de prácticas al profesorado que superó el procedimiento selectivo convocado por Orden de la Consejería de Educación de 25 de febrero de 2008 (BOJA de 19 de marzo) y no había desarrollado el correspondiente período de prácticas por aplazamiento, por causas de fuerza mayor, por estimación de recurso o por haber sido declarado «no apto» en la realización.

Concluida la fase de prácticas procede normalizar la situación del profesorado que se encuentra en alguna de las situaciones detalladas en el párrafo anterior.

En su virtud, esta Consejería de Educación

DISPONE

1.º Declarar apto en la realización de la fase de prácticas al profesorado que superó el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de febrero de 2008 y no había desarrollado el correspondiente período de prácticas por aplazamiento, por causas de fuerza mayor o por haber sido declarado «no apto» en la misma, que se relaciona en el Anexo I de la presente Orden.

Los efectos del nombramiento como personal funcionario de carrera del profesorado reseñado es del 1 de septiembre de 2010.

2.º Declarar apto en la realización de la fase de prácticas al personal que se relaciona en el Anexo II de la presente Orden por estimación de recurso, procedentes de varios procedimientos selectivos.

Los efectos del nombramiento como personal funcionario de carrera es el que se especifica para cada uno de ellos en dicho Anexo II.

3.º De conformidad con el apartado 14.5 de la Orden de 25 de febrero de 2008, declarar la pérdida de todos los derechos a su nombramiento como personal funcionario de carrera a quienes se relacionan en el Anexo III de la presente Orden, por su no incorporación a la fase de prácticas y por haber sido declarado «no apto» por segunda vez.

4.º Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejería de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los arts. 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, alternativamente y directamente en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 8.2.ª, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Puedes acceder al texto íntegro de la Orden aquí: Descargar en PDF