14 mar 2011

Programas de cualificación profesional inicial. Modificaciones en las condiciones de acceso.

FOL 2012. El blog de FOL de José Manuel Roca.- Se simplifican las reglas referentes a la edad de acceso. La Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, ha modificado las condiciones de acceso a los programas de cualificación profesional inicial (PCPI) previstas en el art. 30.1 de la LOE que queda ahora redactado como sigue:

«1. Corresponde a las Administraciones educativas organizar programas de cualificación profesional inicial destinados al alumnado mayor de 15 años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año de inicio del programa, para el que se considere que es la mejor opción para alcanzar los objetivos de la etapa. Para acceder a estos Programas se requerirá el acuerdo del alumnado y de sus padres o tutores.»

La antigua redacción que ahora queda modificada era la siguiente:

«1. Corresponde a las Administraciones educativas organizar programas de cualificación profesional inicial destinados al alumnado mayor de dieciséis años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año del inicio del programa, que no hayan obtenido el título de Graduado en educación secundaria obligatoria. Excepcionalmente, y con el acuerdo de alumnos y padres o tutores, dicha edad podrá reducirse a quince años para aquéllos que cumplan lo previsto en el artículo 27.2. En este caso, el alumno adquirirá el compromiso de cursar los módulos a los que hace referencia el apartado 3.c de este artículo.»




pdf de la disposición