29 dic 2014

Novedades de final de año en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y salario mínimo interprofesional.

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El modelo de cotización en el sistema español de Seguridad Social se ha caracterizado  por una liquidación que corresponde a los empresarios y otros sujetos responsables en función de su código de cuenta de cotización.  Ahora se implanta un nuevo modelo de cálculo o liquidación a efectuar directamente por la Tesorería General de la Seguridad Social, un cálculo individualizado por cada trabajador aunque se requerirá  información que ha de ser proporcionada por el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar. Estas novedades pueden verse en la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.
De otro lado se establece una nueva regulación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con el objetivo de modernizar el funcionamiento y gestión de estas entidades privadas, reforzando los niveles de transparencia y eficiencia, y contribuyendo en mayor medida a la lucha contra el absentismo laboral injustificado y a la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social. Puede visitarse la nueva normativa en el BOE: Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Para terminar se ha establecido la cuantía del salario mínimo interprofesional para 2015. El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,62 euros/día o 648,60 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses. Puede accederse al texto normativo en el BOE: Real Decreto 1106/2014, de 26 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2015.

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